El derecho a la seguridad en el orden constitucional ecuatoriano
El artículo 2 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, establece que el objeto de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre, entre otros, el derecho a la seguridad. Siglos después, la Carta de las Naciones Unidas de 1945 introduce como propósito de los Estados mantener la paz y la seguridad internacional y tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz. Por su parte, la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA) de 1948, al igual que la organización universal, reitera como propósito afianzar la paz y la seguridad del continente. De la lectura de estos dos instrumentos internacionales es fácil advertir que fueron consecuencia de dos guerras mundiales, en particular de la Segunda Guerra, dado que el contenido de ambos está permeado por la clásica discusión del derecho internacional público en tiempo de paz y el derecho internacional público en tiempo de guerra, pero, entendiéndose que dicha discusión sería entre naciones.
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The Right to Security in Ecuador’s Constitutional Order
Article 2 of the Declaration of the Rights of Man and of the Citizen of 1789 establishes that the purpose of any political association is to preserve the natural and inalienable rights of man, including the right to security. Centuries later, the 1945 Charter of the United Nations introduced as the purpose of States to maintain international peace and security and to take effective collective measures to prevent and eliminate threats to peace. For its part, the 1948 Charter of the Organization of American States (OAS), like the universal organization, reiterates as its purpose the strengthening of peace and security on the continent. Reading these two international instruments, it is easy to see that they were a consequence of two world wars, particularly the Second World War, given that the content of both is permeated by the classic discussion of public international law in times of peace and public international law in times of war, but with the understanding that such discussion would be between nations.
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Das Recht auf Sicherheit in der ecuadorianischen Verfassungsordnug
Artikel 2 der Erklärung der Menschen- und Bürgerrechte von 1789 legt fest, dass das Ziel jeder politischen Vereinigung die Wahrung der natürlichen und unveräußerlichen Rechte des Menschen ist, darunter auch das Recht auf Sicherheit. Jahrhunderte später führt die Charta der Vereinten Nationen von 1945 als Ziel der Staaten die Wahrung des Weltfriedens und der internationalen Sicherheit sowie die Ergreifung wirksamer kollektiver Maßnahmen zur Verhütung und Beseitigung von Friedensbedrohungen ein. Die Charta der Organisation Amerikanischer Staaten (OAS) von 1948 bekräftigt ebenso wie die Weltorganisation das Ziel, den Frieden und die Sicherheit des Kontinents zu festigen. Aus der Lektüre dieser beiden internationalen Instrumente geht leicht hervor, dass sie eine Folge der beiden Weltkriege, insbesondere des Zweiten Weltkriegs, waren, da ihr Inhalt von der klassischen Diskussion über das Völkerrecht in Friedenszeiten und das Völkerrecht in Kriegszeiten durchdrungen ist, wobei jedoch davon ausgegangen wird, dass diese Diskussion zwischen Nationen stattfindet.
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Enrique Herrería
Es un destacado jurista ecuatoriano, abogado y doctor en jurisprudencia por la Universidad de Guayaquil, con estudios de posgrado en arbitraje, mediación y derecho constitucional en Ecuador y España. Ha desempeñado cargos públicos como Intendente General de Policía del Guayas, miembro de la Asamblea Nacional Constituyente de 1998, diputado suplente, magistrado del Tribunal Constitucional y miembro de la Asamblea Nacional (2009‑2013). También ha trabajado en el sector privado y es reconocido por su labor en la defensa de los derechos constitucionales y en debates sobre la reforma del Estado en Ecuador.
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